Por esclavista y antiobrera

NO A la reforma laboral

13 Mar 2009   |   comentários

El 9 de febrero, du rante el foro «Méxi co ante la crisis, ¿que hacer para crecer?», el Secretario del Trabajo, Javier Lozano, presentó una iniciativa de reforma a la Ley Federal del Trabajo. Desde hace más de 11 años que los partidos patronales intentan aprobar una reforma de este tipo. En el Congreso se han presentado más de 264 iniciativas, entre las que destacan la del PAN en el ’95, la del PRD en el’97 y la llamada reforma Abascal del 2002.

Todas estas iniciativas han puesto por delante la flexibilidad, competitivi-dad y productividad, buscando atraer inversión privada, extranjera y nacional, a partir de una mayor explotación de la mano de obra. México es uno de los pocos países en los que aun no se han im-plementado formalmente las reformas que en materia laboral han ordenado el FMI y el Banco Mundial desde finales de los 80’s, aunque en los hechos se vienen aplicando.

En cuanto a relaciones individuales, la iniciativa de Lozano busca acabar con un principio rector del derecho laboral mexicano: la estabilidad en el empleo, modificando los artículos 35 y 39 de la LFT para introducir nuevas formas de contratación por temporada, contrato «a prueba» (hasta 30 días) y de «capacitación inicial» (hasta 90 días).
Igual propone la modalidad de contratación y pago por horas, reformando los artículos 59 (banco de horas y ampliación de jornada) y 83 (formas de pago del salario).

Estas medidas rompen la estabilidad, jornada, salario y prestaciones como la jubilación o los fondos de vivienda, quedando la contratación al arbitrio del patrón y permitiéndole despidos sin mayor responsabilidad.
Por otro lado, con la reforma del art. 48 quedaría establecido que los salarios caídos, en caso de demostrar un despido, se limitarán a sólo 6 meses, cuando por causas no imputables al trabajador los juicios duran 2 años o más.

En materia de relaciones colectivas, inhibe el derecho de asociación y libertad sindical con requisitos absurdos para el registro de organizaciones laborales (radio de acción en los estatutos, art. 371 fracc. III bis). Limita las formas de sindicación ya que, si hay sindicato de empresa, no podrá celebrarse contrato colectivo con sindicato de gremio. Además promueve la cancelación del registro por no dar informes (Art. 369, 377), así restringe la contratación colectiva y la pelea por su titularidad.

La reforma incluye grotescos requisitos para que los trabajadores puedan ejercer su derecho a huelga, como una solicitud del contrato ante el patrón, acompañada de una lista de los trabajadores con constancia vigente del registro sindical de cada uno (art. 387). Se condiciona el emplazamiento a huelga a que no haya otro contrato en la JFCA (contrato que puede registrar la propia empresa), con lo que también se puede negar la validez del deposito del contrato (art. 390). Si una huelga faltara en alguna de estas condiciones, sería declarada inexistente (art. 920 y 459).

Los trabajadores incon-formes que quieran emplazar a huelga por firma de contrato colectivo, o por la titularidad del contrato y cambiar de sindicato, estarán más expuestos a las represalias y despidos de la patronal, lo que fortalece los sindicatos de protección o blancos. Se pretende regular los outsourcing y la subcontratación, eliminando obligaciones y cargas procesales a la patronal. Busca también mayor explotación del trabajador a través de la llamada polivalencia o multihabili-dad, es decir, obligarlo a realizar más funciones de aquellas para las que fue contratado, lo que rompe con los escalafones de los sindicatos. Y legalizar las condiciones de esclavitud asalariada que ya imperan en muchas empresas con la tolerancia de las autoridades laborales y, al mismo tiempo, limitar el derecho de los trabajadores a protestar o a apelar incluso a los tribunales laborales. Con esta reforma laboral reacionaria, los patrones y sus representantes políticos, quieren descargar la crisis sobre los trabajadores.

Ante un eventual intento de aprobar esta reformafast track por parte del PAN y el PRI (como se pretendió con la reforma petrolera), con la colaboración del algunos sectores del PRD, no basta con pronunciamientos en contra. Es necesario que la clase obrera apele a la movilización y la huelga general, encabezada por los sindicatos que se reivindican democráticos y combativos, y frenar esta ofensiva sobre sus conquistas históricas, en amplia unidad de clase contra esta reforma.

¡Repudio al Proyecto Lozano de reforma a la LFT! ¡Respeto a la estabilidad en el empleo, abajo los contratos a prueba, no a la sub-
contratación! ¡Respeto a los contratos colectivos, al derecho de huelga y a la autonomía sindical!

Los abogados que integramos el CEDILADH ponemos nuestros modestos conocimientos y esfuerzos al servicio de esta lucha.









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